– Obtención de licencia para paso de vehículos por encima de aceras o espacios de uso público peatonal, que implica la prohibición de aparcar en el espacio de tránsito.
- Plazo solicitud: en cualquier momento.
– Cualquier persona física o jurídica.
- Los locales deben contar con licencia de apertura.- Las viviendas deben contar con licencia de primera utilización.- Si procede rebaje de bordillo de acera, las obras correrán a cargo del solicitante.
- Impreso de solicitud o instancia firmada, indicando anchura del acceso y el número de vehículos que acceden a la misma.
- Ordenanza municipal reguladora de vados.
- Características del vado: - Es permanente, 24 horas. - Longitud máxima: no podrá superar la anchura de acceso al local incrementada en un 25%. - El vado se concede para entrada a locales (garajes, talleres, túneles de lavado, etc.).- El titular queda obligado a costear las labores de conservación, así como a renovar el pavimento si se deteriora, también repondrá la acera y el bordillo a su estado original en el momento de darse de baja.