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Reclamaciones-Solicitud de responsabilidad patrimonial municipal

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Reclamaciones-Solicitud de responsabilidad patrimonial municipal

Objeto

Solicitud de indemnización por daños materiales y/o personales, derivados de responsabilidad patrimonial de la Administración Municipal.

Normativa

Ley de Procedimiento Administrativo Común 39/15

Ley de Régimen Jurídico del Sector Público 40/15

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona física o jurídica afectada, personalmente o a través de representante.

Requisitos

  • No haber transcurrido más de 1 año desde el hecho causante o desde el momento de poder determinar las consecuencias del mismo (en el caso de daños personales el plazo de un año empieza a partir de la fecha del alta médica).
  • Que los bienes o derechos de la persona solicitante se hayan visto lesionados como consecuencia de responsabilidad administrativa.

Cómo se puede realizar el trámite

  • Telemáticamente: a través del botón Nueva instancia situado en la parte inferior de esta página.
  • Presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento.

Documentación a presentar

  • Instancia cumplimentada y firmada por la persona interesada indicando:
    • Nombre, apellidos y documento de identificación de la persona interesada y, en su caso, de la persona que lo represente.
    • Dirección a efectos de notificaciones.
    • Teléfono de contacto.
    • Se especificarán con toda claridad las lesiones o daños producidos, la presunta relación de causalidad entre estas y el funcionamiento de los servicios públicos, la evaluación económica, el momento, lugar y circunstancias de producción del daño.
  • Se acompañarán cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos, como:
    • Parte de la Policía, si ha intervenido.
    • Testigos.
    • Fotos del lugar o del hecho.
    • Parte médico, en su caso.
    •  Evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, aportando facturas o informes periciales.
    • Todo tipo de información que atestigüe el hecho.

Cómo y cuándo se resuelve

El plazo de resolución del expediente es 6 meses desde la fecha de solicitud, considerándose el silencio administrativo como NEGATIVO.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
BERIÁIN - P3190590D
Plaza del Ayuntamiento, s/n
31191 Beriáin (Navarra)
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